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13
Mar

 

Demencia Vascular

Datos Clínicos que apoyan el Diagnóstico de DEMENCIA VASCULAR

CURSO CLINICO

Se ha de tener en cuenta cómo evoluciona el cuadro.

  • Comienzo agudo-subagudo
  • Curso fluctuante
  • Deterioro escalonado, con historia de ictus, AIT o ambos

EXPLORACIÓN GENERAL.

Se ha de investigar si existen:

  • Enfermedad cardiovascular (hipertensión, cardiopatías, arritmias)
  • Arteriopatía (retinopatía, nefropatía…)
  • Fuente de tromboembolia (fibrilación auricular, estenosis carotídea, enfermedad vascular cardiaca)

EXPLORACIÓN NEUROLÓGICA.

Se comprueba si hay:

  • Lesiones cerebrales focales (déficit motor y/o sensitivo, piramidalismo…)
  • Parálisis pseudobulbar (diplejía facio-faringo-gloso-masticatoria, disartria, disfagia)
  • Labilidad emocional
  • Trastorno de la marcha
  • Inestabilidad y caídas frecuentes
  • Trastorno urinario (incontinencia, urgencia miccional)
  • Trastorno de las funciones ejecutivas y enlentecimiento psicomotor

 CRITERIOS DIAGNÓSTICOS NINDS-AIREN, PARA LA DEMENCIA VASCULAR

I.  CRITERIOS OBLIGATORIOS PARA DIAGNOSTICAR DEMENCIA VASCULAR PROBABLE

1.– Demencia: deterioro respecto al nivel previo de la memoria y al menos otras dos funciones cognitivas (orientación, atención, lenguaje, funciones visuoespaciales, control motor, praxias), suficiente como para interferir en las actividades diarias.

Se excluyen los pacientes con alteración del nivel de conciencia, síndrome confusional agudo, psicosis, afasia intensa o alteración sensitivomotora notable, alteraciones sistémicas u otras enfermedades cerebrales (como la enfermedad de Alzheimer) que por sí mismas pudieran explicar las alteraciones cognitivas.

2.- Enfermedad cerebrovascular, demostrada a través de signos focales congruentes con un ictus previo, con o sin relato de ictus previo, y evidencia de lesiones vasculares en la neuroimagen (TAC o RM)

3.- Relación entre los apartados 1 y 2, inferida a partir de una de las siguientes circunstancias:

Inicio de la Demencia en los tres meses siguientes a un ictus.

Deterioro brusco de las funciones cognitivas.

Progresión fluctuante o escalonada de las alteraciones cognitivas.

II.   ASPECTOS COMPATIBLES CON UNA DEMENCIA VASCULAR PROBABLE

a.- Alteración de la marcha en la fase temprana.

b.- Antecedente de inestabilidad y caídas frecuentes.

c.- Aparición precoz de aumento de la frecuencia de micción, urgencia urinaria u otras alteraciones del control vesical no explicables por un trastorno urológico.

d.- Parálisis pseudobulbar.

e.- Alteraciones en la personalidad o en el estado de ánimo, abulia, depresión, labilidad emocional, y otras alteraciones subcorticales como enlentecimiento psicomotor y alteración de las funciones ejecutivas.

III.   ASPECTOS QUE HACEN INCIERTO O IMPROBABLE EL DIAGNÓSTICO DE DEMENCIA VASCULAR

a.- Trastorno precoz de memoria y empeoramiento progresivo de la memoria y de otras funciones cognitivas, sin que aparezcan en la neuroimagen lesiones cerebrales focales que lo expliquen.

b.- Ausencia de signos neurológicos focales aparte de las alteraciones cognitivas.

c.- Ausencia de lesiones cerebrovasculares en TAC o RM.

IV.   CRITERIOS DE DEMENCIA VASCULAR POSIBLE

Demencia (según I.1), con signos neurológicos focales, en pacientes en los que no podemos disponer de neuroimagen confirmatoria, o en aquellos que no muestran una relación cronológica congruente con el ictus y la Demencia.

También en pacientes con evidencia de enfermedad cerebrovascular en los que la Demencia tiene un comienzo insidioso o una evolución diferente a la esperada (mesetas prolongadas o mejorías).

V.   CRITERIOS DE DEMENCIA VASCULAR CONFIRMADA

a.- Criterios clínicos de Demencia vascular probable.

b.- Evidencia histopatológica de enfermedad cerebrovascular, obtenida a través de biopsia o autopsia.

c.- Ausencia de más ovillos neurofibrilares y placas neuríticas de las esperadas por la edad.

d.- Ausencia de otras alteraciones clínicas o anatomopatológicas que puedan explicar la Demencia.

VI.   CLASIFICACIÓN DE LA DEMENCIA VASCULAR CON FINALIDAD INVESTIGADORA

  • Demencia vascular cortical
  • Demencia vascular subcortical
  • Demencia talámica

 Tratamiento de la Demencia Vascular

Actualmente NO existe tratamiento farmacológico específico que pueda curar la enfermedad, por ello el tratamiento va a consistir en:

Tratamiento de los Síntomas

Se utilizan una serie de fármacos, dependiendo de cual sea más eficaz en cada paciente.

La memantina puede ofrecer resultados aceptables para el tratamiento de la función cognitiva. Igualmente y con parecidos resultados se pueden utilizar la galantamina, el donezepilo, o la rivastigmina.

Los fármacos Antidepresivos se usan en aquellos pacientes que presentan síntomas de depresión.

La Risperidona, es un fármaco eficaz para los trastornos de la conducta.

Rehabilitación cognitiva y conductual.  Este tratamiento es indispensable llevarlo a cabo desde el comienzo de la enfermedad para intentar en la medida de lo posible el avance rápido de ésta.

Tratamiento Preventivo:

No existen evidencias que apoyen el uso de Ácido Acetilsalicílico en los pacientes con Demencia Vascular.

Se utilizan Estatinas por su posible efecto positivo sobre la cognición.

La Citicolina, parece que puede tener efecto neuroprotector.

Se debe hacer un tratamiento correcto de la hipertensión si la hubiera.

No existen evidencias científicas de que se obtengan beneficios evidentes de fármacos como el Nimodipino, Paracetam o Nicardipino.

ASPECTOS LEGALES DE LAS DEMENCIAS

Incapacidad de pacientes que padecen demencia vascular.

Una persona solo puede perder su capacidad jurídica cuando se emite una resolución judicial al respecto pasando aquella a un régimen de tutela.

La tramitación del procedimiento de incapacitación sólo la pueden solicitar los parientes más próximos.

El juez va a proceder sobre la documentación aportada por los peritos y evalúa el dictado o los informes de los facultativo.

Según el artículo 665 del Código Civil, una persona incapacitada puede otorgar testamento si la sentencia de incapacitación no tiene pronunciamiento sobre la capacidad de testar.

Cuando no se haya podido nombrar tutor de la familia, la entidad pública encargada de la tutela de los incapaces, será por ley la encargada de la tutela.

Para internamiento involuntario de un incapacitado, salvo caso de urgencia, se requiere una autorización judicial.

Así mismo, para administrar un tratamiento a un paciente con trastornos psíquicos, que no quiere tomarlo voluntariamente, también se hará mediante una resolución judicial.

 

El Tema: Demencia Vascular. Tratamiento. Aspectos legales, ha sido revisado, elaborado y resumido por la Dra. María Julia Romero Martín, Especialista en Neurología y Medicina Interna, para publicar en: www.tumedicoaltelefono.es

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